El Gobierno postergó la entrada en vigencia de la norma que habilita a las prepagas a aplicar aumentos de tarifas de manera diferenciada y que les obliga a informar anticipadamente los aumentos junto con los costos de facturación, a través de la Resolución 3386/2024 publicada este miércoles en el Boletín Oficial. La decisión de posponer hasta el 1 de diciembre la aplicación de la Resolución 2155, realizada por la Superintendencia de Servicios de Salud, se tomó a solicitud de entidades de medicina privada, con el objetivo de tener un plazo más amplio para su implementación. de ello.
La norma en cuestión, publicada a principios de septiembre, establece que los aumentos en las tarifas de los planes de cobertura ofrecidos por las empresas prepago «podrán aplicarse de forma variable según las condiciones del plan (con o sin copagos) y las regiones o zonas en las que se presta atención médica». Además, estipula que las entidades “deberán informar a esta Superintendencia de Servicios de Salud sobre dichos aumentos, especificando los criterios utilizados para cada zona o región, así como la existencia o no de sistemas de copago”.
Asimismo, determina que la comunicación de los ajustes en el valor de las cuotas deberá realizarse “dentro de los 5 días siguientes a la publicación del último Índice de Precios al Consumidor (IPC) realizado mensualmente por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos”, y dispone que «Deberán facilitar a sus afiliados un desglose detallado de los conceptos incluidos en las cuotas que facturan mensualmente.»