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Adolfo Benjamin Kunjuk - Diario Personal

En este rincón digital, exploramos la vida cotidiana con un toque de ironía y humor sutil. Entre noticias y reflexiones, vas a encontrar historias que desnudan las contradicciones humanas, todo contado con la cercanía de una charla entre amigos. Desde lo absurdo de la tecnología hasta los grandes temas que parecen manejados por los que menos entienden, aquí las cosas se dicen como son, sin vueltas y con un guiño cómplice.

«Trabajadores colaboradores»: se abrió el padrón para inscribir empleados sin relación de dependencia | Flexibilización laboral

PorPágina/12

Nov 8, 2024 #ARCA, #Economía



En línea con la flexibilización laboral aprobada en la Ley de Bases, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA, ex AFIP) implementó el Registro de Trabajadores Independientes con Colaboradores (PADIC)un registro en el que Los empresarios que tengan hasta tres empleados sin que estos representen una relación de dependencia deberán registrarse obligatoriamente..

Este nuevo instrumento de control registrará la nueva relación laboral que Se basa en una supuesta relación autónoma entre los llamados “colaboradores” que no dependen unos de otros..

Las regulaciones fueron lanzadas a través de la Resolución General 5.599/2024lo cual aclara que el colaborador independiente podrá realizar actividades concurrentemente y tendrá la libertad de mantener simultáneamente contratos de colaboración, obra o prestación de servicios con otros contratistas.

Por tanto, según la agencia recaudadora, El PADIC permitirá conocer información específica sobre los emprendimientos productivos y sus integrantes.para que pueda establecer mediante declaración jurada el carácter independiente de las relaciones laborales.

El reglamento obedece a Supuesta “modernización” laboral votada por el Congreso en la Ley de Bases, que estableció una flexibilidad en las condiciones del contrato de trabajo y permitió la incorporación la figura «trabajadores independientes con colaboradores».

La resolución de ARCA publicada hoy en el Diario Oficial señala que el registro se encuentra vigente desde el 26 de septiembre y establece que el mismo deberá realizarse con anterioridad al inicio de la prestación de tareas por parte de los colaboradores.

como hacer el proceso

El procedimiento se puede hacer en el sitio web de la organización a través de la opción “Agregar emprendimientos” con detalle de su nombre de fantasía, fecha de inicio y finalización, dirección, actividad y CUIT de los colaboradores.

Una vez introducidos los datos, aparece el llamado “trabajadores independientes” (empleador virtual) y sus “colaboradores independientes” (empleados virtuales) recibirán una notificación en su Dirección Fiscal Electrónica y luego tendrán 72 horas para confirmar o rechazar su participación en el emprendimiento.

Todo Deberán estar dados de alta en el régimen general de impuestos y recursos de la seguridad social como trabajadores por cuenta propia o adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo).

Antes, el “trabajador independiente” debía registrar el negocio como declaración jurada cumpliendo los siguientes requisitos:

  • Nombre de fantasía del emprendimiento.
  • Fecha de inicio y finalización (si corresponde) del emprendimiento.
  • Dirección donde se realiza la actividad.
  • Actividad desarrollada.
  • CUIT de colaboradores independientes.

Luego de confirmar su inclusión en el PADIC, el “colaborador” deberá acceder al sistema con su clave tributaria y confirmar o rechazar la participación. Si no lo completa, ARCA lo eliminará del registro.

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