• Sáb. Ene 18th, 2025

Adolfo Benjamin Kunjuk - Diario Personal

En este rincón digital, exploramos la vida cotidiana con un toque de ironía y humor sutil. Entre noticias y reflexiones, vas a encontrar historias que desnudan las contradicciones humanas, todo contado con la cercanía de una charla entre amigos. Desde lo absurdo de la tecnología hasta los grandes temas que parecen manejados por los que menos entienden, aquí las cosas se dicen como son, sin vueltas y con un guiño cómplice.

Facilitan el intercambio comercial por sistema «courier» | Liberan el peso total del envío y eliminan el pago de aranceles



La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) simplificó el sistema mensajero adaptar la normativa vigente para que las personas físicas y jurídicas puedan exportar o importar mercancías con un peso máximo por paquete o envío postal de hasta 50 kilos, independientemente del peso total del envío. Se espera que estos cambios aceleren el intercambio comercial por correo al abaratar las compras en el extranjero, lo que puede impactar algunas líneas sensibles de la producción nacional.

Hasta ahora, independientemente del número de piezas, los envíos no podían superar los 50 kilogramos en total. Por lo que con esta decisión se facilitará el mercado de compra y venta en el exterior a través de esta alternativa.

Asimismo, ya no será obligatorio para quien ingrese mercancías al país a través de este régimen contar con un Domicilio Fiscal Electrónico (DFE).

Importes máximos

La Resolución General 5631/2025 hace algunas aclaraciones sobre la Resolución General 5608/2024, que había elevado el monto máximo de 1.000 a 3.000 dólares a través de Proveedores de Servicios Postales (PSP)/Courier, tanto para importaciones como para exportaciones.

Recientemente, ARCA también implementó las modificaciones previstas en el Decreto 1065/2024, que eliminó los aranceles de importación al ingreso de mercancías hasta un valor FOB USD 400, con un límite máximo de 5 envíos por año y por persona. Esta exención es válida para productos importados destinados a uso personal y, en la práctica, reduce significativamente los costos fiscales en comparación con el régimen anterior.

La Resolución General 5.631/25, publicada este jueves en el Boletín Oficial, estableció que los prestadores de servicios postales deberán conservar los registros de entrega digitalizados durante cinco años.

Límite de envío anual

El organismo supervisor estableció que existe un límite sólo para los llamados “envíos pequeños”, ya sea porque gozan de exención de aranceles hasta por un valor de USD 400, o porque están exentos de la intervención de terceros organismos. Para estos casos el límite es de hasta 3 unidades de la misma especie y hasta 5 envíos al año por persona.

Los aranceles que están exceptuados hasta USD 400 son los Derechos de Importación y la Tasa Estadística. Por otro lado, sí se debe pagar el impuesto al valor agregado (IVA).

En el texto oficial se recuerda que el ARCA «tiene como objetivo permanente facilitar el comercio internacional y buscar certeza en los trámites y trámites aduaneros, con miras a una mayor fluidez y facilidad en las operaciones comerciales».

En esta línea y argumentando los cambios, se señaló que se avanzó en esa dirección «con el objetivo de simplificar y reducir cargas y costos».

Sistema mensajero y «Puerta a puerta»

A diferencia del sistema «puerta a puerta», el régimen mensajero permite un mayor peso en el envío de paquetes y ofrece una franquicia de 400 dólares para importaciones personales, pagando sólo el 21% de IVA sobre el excedente, que en la primera alternativa mencionada es de apenas 50 dólares, y aplica un impuesto del 50% sobre el exceso .

Ambos sistemas también se diferencian en el método de entrega, ya que en el mensajero El envío se realiza directamente al domicilio sin trámites presenciales en la Aduana, mientras que el «puerta a puerta» puede requerir que el destinatario recoja el paquete en una sucursal y realice trámites adicionales.

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