A través de la resolución 5643, modificada inmediatamente por 5646, tanto la Agencia de Colección y Control de Aduanas (ARCA), las obligaciones que los exportadores deben cumplir con el fin de recibir el beneficio de la reducción de los derechos se regularon el lunes establecido en el decreto 38 de 25 de enero. Este estándar ordenado para los productos de las economías regionales la eliminación definitiva del impuesto. Mientras tanto, los granos y las semillas oleaginosas con la participación líder en el comercio (soja, maíz, trigo, girasol, sorgo, cebada y avena) tendrían temporalmente una forma temporal de ventas en las tasas de retención, con una fecha límite el 30 de junio.
«Al momento de registrar la declaración jurada de venta en el extranjero, el declarante debe validar afirmativamente que al menos el noventa y cinco por ciento (95%) de las monedas correspondientes a esta declaración se han liquidado desde la validez del decreto 38/25 (la semana pasada de Enero) o estará más allá de los 15 días hábiles después de la aprobación, accediendo así al beneficio de la reducción de la tarifa proporcionada por el Decreto No. 38/25 «.
En el caso de las infracciones en los plazos planificados para la liquidación de las monedas, se notificará al exportador que tendrá 48 horas «para regularizar la situación». «Hasta que se complete el pago de impuestos liquidados, el exportador no podrá utilizar el beneficio de la reducción de la alícuota de los derechos de exportación», agrega la resolución.
(Tagstotranslate) Economía