El Tribunal Federal Número 2 de La Plata hizo lugar a la solicitud de AMPARO presentada por los trabajadores del Banco Nacional contra la resolución del poder ejecutivo para convertir esa entidad autárquica a la corporación, y ordenó la suspensión de los efectos del decreto 116/2025.
Este decreto, del 19 de febrero, proporcionó la transformación de la BNA en una corporación bajo el régimen de la ley general de las empresas No. 19,550, aprobó el estatuto social de esa nueva compañía e instruyó a la junta directiva que tome las medidas necesarias para llevar a cabo esa transformación y su registro antes del IGJ.
En su parte resolutiva, el fallo indica que «los antecedentes legales expuestos confirman que la modificación de la carta orgánica del Banco de la Nación Argentina debe llevarse a cabo a través de un proceso legislativo en el Congreso de la Nación, especialmente si implica una modificación sustancial, como es en el caso de la afirmación de transformar su naturaleza legal».
El magistrado considera «acreditado que el Banco de la Nación Argentina no puede modificarse en su estructura legal a través del Decreto 116/2025, de acuerdo con el texto de la Ley 27,742 (Arts. 1 y 3, invocado en los fundamentos de su dictado)».
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